Plan de abonado: ¿Cuándo es obligatorio y por qué?

¿Cuándo es obligatorio el plan de abonado?
El plan de abonado se convierte en una obligación para las explotaciones agrícolas a partir de ciertas fechas establecidas por el Ministerio de Agricultura. Estas fechas varían dependiendo del tamaño e intensidad de la explotación y de la información que se debe cumplimentar en el cuaderno digital de explotación agrícola.
Entrada en vigor progresiva del cuaderno digital de explotación agrícola (CUE)
El artículo 16 del Real Decreto-ley 4/2023 establece una entrada en vigor progresiva del cuaderno digital de explotación agrícola (CUE) en cuatro fases. Estas fases se determinan en base a dos criterios: el tamaño e intensificación de las explotaciones y el tipo de información a cumplimentar.

a) Tamaño e intensificación de las explotaciones:
- Grandes explotaciones: se consideran grandes aquellas explotaciones que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Tener más de 30 hectáreas de tierra de cultivo o 30 hectáreas de pastos permanentes o 10 hectáreas de cultivos permanentes.
- Tener más de 5 hectáreas de regadío sobre el total de su superficie agraria.
- Disponer de alguna parcela de invernadero.
- Pequeñas explotaciones: se consideran pequeñas el resto de las explotaciones.
b) Tipo de información a cumplimentar en el CUE:
La obligación de realizar anotaciones en el cuaderno digital de explotación agrícola se retrasa hasta el 1 de enero de 2024 para las explotaciones grandes y hasta el 1 de enero de 2025 para las explotaciones pequeñas. Sin embargo, existen casos excepcionales en los que estas obligaciones se adelantan:
- En el caso de las explotaciones grandes, las anotaciones en el cuaderno digital serán obligatorias a partir del 1 de septiembre de 2023 si los beneficiarios de ecorregímenes realizan las siguientes prácticas:
- Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa en tierras de cultivo de regadío, donde se deberá anotar información relativa a la aplicación de fertilizantes.
- Cubiertas vegetales e inertes en cultivos leñosos, respecto a las que se deberá anotar la información pertinente.
- En el caso de las explotaciones pequeñas, las anotaciones en el cuaderno digital serán obligatorias a partir del 1 de septiembre de 2024 en aquellos casos en los que se exija disponer de un plan de abonado. Estas anotaciones corresponderán a la campaña PAC 2025.
Estas anotaciones solo deben realizarse en relación con la campaña agrícola 2024 y la solicitud de ecorregímenes en la PAC 2024.
En resumen, el plan de abonado será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2024 en las explotaciones grandes que no solicitan los ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos. En el caso de las explotaciones pequeñas, el plan de abonado será obligatorio a partir del 1 de enero de 2025 en aquellos casos en los que se exija disponer de dicho plan.
Espero que esta información sobre cuándo es obligatorio el plan de abonado haya sido útil para ti. Si tienes alguna pregunta adicional o necesitas más aclaraciones, no dudes en dejar un comentario. Estaré encantado de ayudarte en lo que pueda. ¡Hasta la próxima!
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